Nueva normativa y Codificado de la DGT para patinetes eléctricos

La nueva normativa de la DGT para patinetes eléctricos marca un antes y un después en la movilidad urbana. El Gobierno ha aprobado importantes actualizaciones en el Reglamento General de Circulación, muchas de las cuales entrarán en vigor a partir del 1 de octubre de 2026. Puedes consultar los cambios desde este enlace.

¡Alerta Patinetes! Todo lo que cambia este 1 de octubre de 2026

La Dirección General de Tráfico ha puesto en marcha un paquete de medidas urgentes para proteger a los usuarios más vulnerables de la vía y formalizar el uso de los patinetes eléctricos (VMP) en nuestras ciudades. Si eres usuario habitual, esto es lo que debes tener muy en cuenta a partir de la nueva entrada en vigor:

  • Edad mínima obligatoria: Se establece un límite de edad. A partir de octubre, no podrán circular menores de 15 años en patinete eléctrico.
  • Uso obligatorio de casco: El casco de protección será obligatorio siempre y en cualquier circunstancia.
  • Visibilidad e iluminación: Estará prohibido circular sin llevar las luces encendidas. Además, el chaleco reflectante

⚠️ El Registro, el Seguro y tus Adhesivos Identificativos

Recuerda que estas nuevas medidas se suman al nuevo marco legal que exige llevar tu patinete registrado en el sistema de la DGT, asegurado y con una correcta identificación visible. Circular sin la debida placa o etiqueta puede suponer multas graves de hasta 200 euros o más por infracción. Para cumplir con esta exigencia y evitar sanciones, tu patinete debe contar con su certificado de circulación y su placa de registro oficial. En nuestra web ofrecemos adhesivos de matrícula homologados por la DGT. Cumplen estrictamente con todas las normativas de visibilidad, tamaño y materiales exigidos por Tráfico. ¡No te arriesgues a multas y equipa tu patinete para circular 100% legal!

Nueva Normativa y Sanciones para Patinetes Eléctricos (VMP) – Actualizado 2026

La entrada en vigor de la reforma del Reglamento General de Circulación y el Real Decreto 52/2026 fijan un marco normativo unificado para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP). Ninguna de estas infracciones resta puntos del carnet, pero sí conllevan multas económicas y la inmovilización del patinete.

Hecho Denunciado (Parte 1) Precepto Legal Código DGT Multa ¿Inmoviliza? Actuación y Protocolo Policial
Conducir bajo los efectos de drogas en el organismo. Art. 14.1 LSV LSV.014.1.5A 1.000 € SÍ 🚨 Retirada por grúa al depósito. Test de saliva obligatorio + remisión a laboratorio oficial.
Conducir bajo los efectos del alcohol (Tasa >0,25 mg/l o >0,15 prof.). Art. 14.1 LSV LSV.014.1.1B 500/1.000€ SÍ 🚨 Retirada si no hay conductor alternativo. Tasa 0,0 mg/l estricta si el usuario es menor.
Circular con un VMP careciendo de seguro obligatorio de responsabilidad civil. Art. 22 bis RGV RGV.022.B.2B 200 a 800€ SÍ 🚨 Precinto e ingreso en depósito municipal hasta que se acredite una póliza de seguro en vigor.
Circular sin certificado de circulación de fábrica o placa técnica homologada. Art. 22 bis RGV RGV.022.B.2A 200 € SÍ 🚨 Retirada inmediata al depósito por circular con un vehículo no legalizable.
Circular sin exhibir la etiqueta identificativa visible del registro. Art. 22 bis RGV RGV.022.B.2C 200 € NO Denuncia de carácter documental si el vehículo está registrado pero no porta el distintivo físico.
Conducir un VMP sin cumplir la edad mínima (menor de 15 años). Art. 121.6 RGC RGC.121.6.5B 200 € SÍ 🚨 Custodia cautelar del patinete. Citación inmediata a padres o tutores (responsables solidarios).
No utilizar el casco de protección obligatorio homologado. Art. 118.1 RGC RGC.118.1.5A 200 € NO Denuncia en el acto. Se puede retener si persiste en la marcha sin él por riesgo manifiesto.
Circular por la acera, zonas peatonales o paseos reservados. Art. 121.5 RGC RGC.121.5.5A 200 € NO Multa directa. Se ordena bajar del VMP. Inmovilización solo si genera un peligro grave e inmediato.
Circular por vías interurbanas, autopistas, autovías o túneles. Art. 38 RGC RGC.038.1.5A 200 € SÍ 🚨 Retirada inmediata por grúa debido al alto riesgo de atropello en vías de velocidad rápida.
Conducir utilizando el teléfono móvil de forma manual. Art. 12.4 RGC RGC.012.4.5A 200 € NO Notificación en el acto. Se obliga al cese inmediato de la manipulación del terminal móvil.
Conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos. Art. 12.4 RGC RGC.012.4.5B 200 € NO Denuncia en el acto y orden expresa de retirar los auriculares de los oídos para continuar.
Circular sin alumbrado delantero y trasero obligatorio de noche. Art. 118.3 RGC RGC.118.3.5A 200 € NO Infracción grave. Si el conductor insiste en circular a oscuras, se inmoviliza por seguridad vial.
Circular sin prenda reflectante obligatoria de noche o baja visibilidad. Art. 118.3 RGC RGC.118.3.5B 200 € NO Se ordena finalizar la conducción en el momento. El conductor debe empujar el VMP a pie.
Circular con un número de ocupantes superior a 1 (ir acompañados). Art. 9.1 RGC RGC.009.1.5A 100 € NO Multa leve. Desalojo obligatorio del pasajero excedente antes de permitir la reanudación de la marcha.
No respetar la prioridad de paso en un paso para peatones. Art. 65 RGC RGC.065.1.5A 200 € NO Denuncia por poner en riesgo la seguridad peatonal directa dentro de su espacio regulado.
No respetar las órdenes o indicaciones de un Agente de la Autoridad. Art. 143 RGC RGC.143.1.5A 200 € SÍ 🚨 Inmovilización inmediata del patinete por desobediencia explícita a las directrices de los agentes.

Anexo Técnico: ¿Cuándo se aplica cada opción o cuantía variable?

Existen determinadas infracciones a bordo de un Vehículo de Movilidad Personal (VMP) que presentan opciones de codificado específicas o importes económicos variables en función de la gravedad o las características del vehículo:

1. Tasas de Alcohol en VMP (500 € vs. 1.000 €)

  • Multa de 500 €: Se impone cuando la prueba de aire espirado arroja un resultado superior a 0,25 mg/l y hasta 0,50 mg/l. En caso de conductores menores de 18 años, se aplica desde el momento en que se supera el 0,0 mg/l (tolerancia cero) sin rebasar los 0,50 mg/l.
  • Multa de 1.000 €: Se aplica de forma automática si el conductor supera los 0,50 mg/l en aire espirado, o bien si se trata de un conductor reincidente que ya hubiera sido sancionado por alcoholemia en el año inmediatamente anterior, sin importar la tasa obtenida.

2. Carecer de Seguro Obligatorio (200 € a 300 € vs. 800 €)

  • Multa de 200 € / 300 €: Destinada a los VMP comerciales o particulares de tipo estándar (peso menor a 25 kg y velocidad máxima de 25 km/h). La cuantía es de 200 € si el patinete se encuentra estacionado en la vía pública y se eleva a 300 € si es interceptado circulando sin póliza de responsabilidad civil.
  • Multa de 610 € a 800 €: Reservada para aquellos patinetes modificados o de grandes dimensiones que superen los límites técnicos legales de la DGT (o incluyan sillines sin homologación). Al no encajar en la definición legal de VMP, el vehículo es denunciado bajo el régimen general de vehículos a motor sin seguro.

3. Visibilidad: Alumbrado vs. Prenda Reflectante (200 €)

Aunque la sanción económica fija es la misma (200 €), el redactado del boletín de denuncia se divide en dos opciones operativas según las circunstancias detectadas por el agente:

  • Opción Alumbrado: Se aplica cuando se circula entre el ocaso y el amanecer, o bajo condiciones climatológicas adversas, con las luces fijas del vehículo apagadas o averiadas.
  • Opción Prenda Reflectante: Se notifica si el conductor circula en las citadas condiciones de baja visibilidad sin portar un chaleco o elemento reflectante homologado. En el caso de los repartidores profesionales (riders), el uso de la prenda reflectante es de obligado cumplimiento durante las 24 horas del día.

Codificado de Denuncias DGT — Actualizado Octubre 2026

Norma Art. Ap. Opción Concepto de la Denuncia Sanción Puntos Inmovilización Explicación Legal / Causa de Retención Responsable
RGC 118 1 5A Usuarios de VMP: Circular sin hacer uso del casco protector homologado estando obligado a ello. 200 € — SÍ Art. 104 LSV. Retención del VMP por carecer de elemento de seguridad activo obligatorio hasta proveerse de uno. Conductor
RGC 121 6 5A Usuarios de VMP: Conducir un vehículo de movilidad personal sin haber cumplido la edad mínima de 15 años. 200 € — SÍ Carencia de la aptitud administrativa exigible. Inmovilización por custodia legal de menores en Jefatura Local. Padres / Tutores
RGC 118 3 5B Prenda reflectante VMP: No vestir chaleco reflectante obligatorio de noche o con visibilidad reducida. 200 € — NO Infracción grave de equipamiento corporal. El VMP sigue si el sistema de luces fijas del chasis está operativo. Conductor
RGC 118 3 5C Repartidores (Riders): No vestir la prenda reflectante obligatoria durante la actividad profesional en cualquier vía. 200 € — NO Denuncia directa al profesional en ejercicio de su labor logística. No apareja retención del vehículo. Conductor
RGC 118 1 5D Indumentaria Moto: Circular en vía interurbana sin guantes de protección o en cualquier vía con calzado abierto. 200 € — SÍ Inmovilización inmediata decretada por el agente por riesgo grave de abrasión y seguridad física del piloto. Conductor
RGC 85 4 5A Adelantar Bicis: No reducir la velocidad 20 km/h respecto al límite legal o no ocupar el carril contiguo completo. 200 € 6 pts NO Infracción grave de comportamiento dinámico en ruta. Se cursa boletín o captura por helicóptero/dron. Conductor
RGC 54 1 5B Acoso a Ciclistas: No guardar la distancia mínima urbana obligatoria de 5 metros por detrás del ciclista precedente. 200 € — NO Maniobra intimidatoria urbana sancionada como infracción grave. No requiere retención física del turismo. Conductor
RGC 85 7 5A Auxilio en Carretera: Rebasar grúas o vehículos parados en arcén sin reducir la velocidad 20 km/h o sin guardar 1,5m. 200 € 4 pts NO Nueva norma de protección para operarios de grúas y conductores averiados. Tramitación ordinaria. Conductor
RGC 119 2 5A Profesionales (Taxis/Riders): Conducir el vehículo comercial sin el cinturón abrochado en entorno urbano. 200 € 4 pts NO Eliminadas todas las exenciones históricas corporativas de reparto y autotaxi. Multa individual. Conductor
RGC 92 4 5A Autocaravanas: Estacionar desplegando soportes o verter aguas y fluidos en el espacio vial urbano/interurbano. 200 € — SÍ Retirada por grúa municipal autorizada si el usuario genera impacto medioambiental o se niega al repliegue. Titular / Conductor
RGC 69 1 5C Pasillo de Emergencia: No orillarse a los extremos en retenciones de autopista/autovía bloqueando el centro. 200 € — NO Infracción vial de congestión. Obligación de crear un corredor central libre para ambulancias y bomberos. Conductor
RGC 31 3 5A Gestión Invernal: Adelantar en condiciones de nieve obstruyendo el carril izquierdo destinado a quitanieves. 200 € — SÍ Retención y desvío forzoso por patrulla si se compromete el despeje técnico prioritario de la calzada de alta capacidad. Conductor
RGC 145 2 5B Pasos de Peatones: Cruzar un paso semaforizado coincidiendo el ámbar intermitente de coche con el verde de peatón. 200 € 4 pts NO Prohibición generalizada en el nuevo diseño urbano para evitar atropellos por giros conflictivos. Conductor
RGV 3 1 5A Certificado VMP: Circular con un vehículo de movilidad personal que carezca del certificado de circulación obligatorio o de su placa de marcaje metálica de fábrica. 500 € — SÍ Infracción muy grave. Retención inmediata del patinete por circular sin la homologación técnica exigible para su seguridad. Titular
RGC 15 2 5B Identificación VMP: Circular sin la placa de matrícula obligatoria o registro municipal visible en localidades donde la ordenanza local exija su inscripción previa. 200 € — SÍ Inmovilización cautelar por parte de la Policía Local por carecer de los elementos obligatorios de identificación externa. Conductor
SOA 2 1 5A Seguro VMP: Circular con un vehículo de movilidad personal careciendo del seguro obligatorio de responsabilidad civil exigido para la vía pública. 500 € — SÍ Ley de Responsabilidad Civil. Depósito del vehículo en las dependencias municipales hasta que se formalice y acredite la póliza. Titular

Preguntas Frecuentes (FAQ)

  • ¿Es obligatorio registrar el patinete eléctrico en la DGT? Sí, todos los VMP comercializados a partir del 22 de enero de 2024 deben estar inscritos en el registro de la DGT y contar con su correspondiente certificado de circulación. La vía online con certificado digital o Cl@ve es la alternativa oficial para evitar acudir presencialmente con cita previa.
Carrito de compra
Scroll al inicio